Carrera

¿Vuelvo a trabajar al acabar el permiso por nacimiento o alargo con una excedencia?

Se terminan mis 19 semanas de permiso. ¿Me reincorporo a jornada completa, pido reducción o adaptación de horario, o me cojo una excedencia para seguir en casa?

Cada madre llega a este momento con una situación distinta, y la ley española ofrece más salidas de las que parece. Puedes acumular la lactancia, reducir jornada, adaptar el horario o pedir una excedencia de hasta tres años, y cada opción tiene su precio en la nómina y en la carrera. Pon en la balanza el dinero, la escuela infantil o los abuelos, tu energía y lo que echas de menos.

Respuesta breve

Vuelve si tu sueldo hace falta en casa, echas de menos tu trabajo y tienes resuelto el cuidado, sea escuela infantil, abuelos o un reparto real con tu pareja. No tiene por qué ser todo o nada, así que acumula la lactancia y pide adaptación de horario o reducción de jornada antes de pensar en dejarlo. Si lo que necesitas es más tiempo en casa y podéis vivir con un sueldo, la excedencia por cuidado de hijos te guarda el puesto durante el primer año.

Balance de la plantilla

Demasiado parejo para decidir

Los lados están casi igualados: prueba a desglosar más los puntos grandes.

51%
A favor
49%
En contra
El pro más fuerte

Volver a mi sueldo entero en vez de encadenar una excedencia sin cobrar

El mayor riesgo

Reducir jornada recorta el sueldo en la misma proporción que las horas

Cómo funciona el veredicto

Cada elemento cuenta con el peso que le diste. Los subpuntos pueden reforzar o debilitar a su elemento padre hasta en un 50%: tu propia valoración siempre manda.

Toca cualquier argumento de abajo para desactivarlo y mira cómo se mueve la balanza: los subargumentos cambian el peso de su elemento padre.

Pros

Contras

Hazlo tuyo

Ajusta los argumentos y los pesos a tu situación: el veredicto se recalcula al instante.

Revisa antes de decidir

  • Pide a recursos humanos por escrito cuántos días te corresponden de lactancia acumulada según tu convenio
  • Si quieres otro horario o teletrabajo, presenta una solicitud de adaptación de jornada del artículo 34.8 con tu propuesta
  • Calcula el sueldo con reducción de jornada y réstale la escuela infantil o el cuidado que vayas a pagar
  • Apunta al bebé en la preinscripción de escuelas infantiles públicas de tu ayuntamiento o comunidad en cuanto abra el plazo
  • Guarda los recibos de la guardería para el incremento de la deducción por maternidad en la declaración de la renta
  • Reparte con tu pareja las semanas de permiso que quedan y quién recoge al niño cuando se ponga malo
  • Si dudas, compara una excedencia de un año con el puesto reservado frente a dejar la empresa del todo

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura ahora el permiso por nacimiento?
Desde el Real Decreto-ley 9/2025 son 19 semanas por progenitor, pagadas por la Seguridad Social al 100 % de la base reguladora. Las seis primeras tras el parto son obligatorias y a jornada completa, otras once se pueden usar hasta que el bebé cumple un año y las dos últimas quedan reservadas hasta los ocho años. En las familias monoparentales el total sube a 32 semanas.
¿Qué es la lactancia acumulada y cuánto alarga la vuelta?
Es el permiso del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, una hora diaria de ausencia hasta que el bebé cumple nueve meses. Si ambos progenitores lo disfrutan igual, puede llegar a los doce meses, con reducción de sueldo desde los nueve. En vez de tomarlo a diario puedes acumularlo en jornadas completas y empalmarlo con el permiso, en los términos de tu convenio o del acuerdo con la empresa. Pregunta en recursos humanos cuántos días te salen, porque depende de tu jornada.
¿Puedo volver a media jornada sin perder mi puesto?
Sí. Con un hijo menor de doce años puedes reducir tu jornada entre un octavo y la mitad, con la rebaja proporcional del sueldo, y concretar el horario dentro de tu jornada habitual según los criterios del convenio. A veces compensa más pedir una adaptación de jornada (otro horario o teletrabajo) sin bajar horas. En ese caso la empresa tiene que negociar contigo como máximo quince días y, si dice que no, darte por escrito razones objetivas.
¿Me pueden despedir cuando vuelva?
Un despido en los doce meses siguientes al nacimiento es nulo salvo que la empresa demuestre una causa ajena al embarazo y al permiso, y la misma protección cubre a quien disfruta de lactancia, reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos. Si te entregan una carta de despido, no firmes nada como conforme y acude cuanto antes a un sindicato o a un laboralista, porque los plazos para reclamar son cortos.

Se terminan mis 19 semanas de permiso. ¿Me reincorporo a jornada completa, pido reducción o adaptación de horario, o me cojo una excedencia para seguir en casa?

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